Un tribunal francés ha sentenciado a dos meses de prisión, exentos de cumplimiento, y una multa a un internauta que descargaba películasa través de P2P (peer to peer).
El internauta había acumulado cerca de 400 películas en su ordenador, y ahora tendrá que pagar una indemnización de diez euros por cada una de ellos a las asociaciones que se habían constituido en parte civil y que se dedican a la edición de vídeos y películas.
En junio de 2006 el Parlamento francés aprobó definitivamente una ley que regula las descargas de obras a través de internet y establece penas pecuniarias y de cárcel en algunos supuestos ilegales.
El juzgado ha tenido en cuenta que el internauta descargaba películas para su propio disfrute, sin interés lucrativo y se supone que por eso le ha aplicado sanciones reducidas.
La Ley de Propiedad Intelectual francesa establece las siguientes sanciones:
- 38 euros por descargar ficheros para uso privado.
- 150 euros para quienes pongan a disposición de otros esas obras mediante sistema de intercambio P2P (Peer to Peer).
- 750 euros a aquellos que tengan programas informáticos que permitan desactivar las protecciones de ficheros sometidos al pago de derechos de autor.
- 3.750 euros a los usuarios que rompan dichas protecciones.
- 30.000 euros a los internautas que comercien con programas capaces de destruir las protecciones anticopia.
- Tres años de cárcel y multas de 300.000 euros a los que comercien con programas P2p
Tras leer este anuncio me hago varias preguntas, por ejemplo, ¿cómo lo han cogido? Es decir,¿la policia llega a tu casa y te mira el ordenador? porque si es asi creo que todos las personas con internet podrían ser multadas. Hay que tener mala suerte...
Categoría: Curiosidades
(Via: 20minutos)
2 comentarios:
Buenas. Desde luego el límite entre el uso de material por divertimento y la acumulación casi comercial es muy borroso. Si el chaval tuviera dos o tres.. pero es que guardaba 400!!
Bueno blog. Va mi voto.
jejeje, como se dice... la avaricia rompe el saco, para que querria tantas...
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